Traza tu Ruta Punto a Punto en Carreteras de Mexico app

Traza tu ruta punto a punto Carreteras de México por cielo mar y tierra.


POR CIELO MAR Y TIERRA Información sobre vuelos Información Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México consulta por aerolínea, número de vuelo, destino u origen y el estatus de los vuelos de acuerdo a la información que proporcionan las aerolíneas que operan dentro del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

EMBAJADAS Y CONSULADOS DE MÉXICO EN EL EXTERIOR
Las Embajadas y Consulados de México son oficinas mexicanas que representan en el extranjero al Gobierno de México y dependen de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Las embajadas tienden la relación política con el Estado y Gobierno en el que se encuentran; aunque sus principales funciones son de carácter político, también cuentan con áreas especializadas para atender asuntos consulares.

RUTAS Y PARADEROS PAISANO
El Programa Paisano del INM, garantiza que el ingreso, tránsito y salida de nuestros connacionales por territorio mexicano, sea con absoluta garantía de sus derechos, la seguridad de sus bienes y el pleno conocimiento de sus obligaciones.

Derivado de la necesidad de crear mecanismos que controlaran y gradualmente eliminaran los índices de maltrato, extorsión, robo, corrupción y prepotencia en que incurrían servidores públicos en contra de connacionales en su ingreso al país en las fronteras, puertos marítimos y aeropuertos internacionales del país, se unieron organizaciones sociales, empresariales, políticas y religiosas de la comunidad mexicana y mexicano-americana residentes en los Estados Unidos para presentar una propuesta al Gobierno de México. El acuerdo fue conocido como “Programa Paisano” Tiene vigencia a partir del 6 de abril de 1989.

Paisano, ¿vas a ingresar a México vía terrestre? Si tu origen es la región central y las zonas desérticas de EUA: Te recomendamos ingresar a México por la frontera de Ciudad Juárez, Chihuahua, y ahí entroncar con la Ruta 45 México Cd. Juárez.

Información útil para tu viaje a México vía terrestre.
Paisano, antes de venir a México recuerda que: Debes revisar que tu identificación sea oficial y esté vigente. Divide tu equipaje en tres; lo que incluye tu equipaje personal, tu franquicia fiscal y lo que debes declarar.
Si vienes en tu vehículo, es necesario tramitar un permiso de importación temporal.

http://www.sat.gob.mx/aduanas/vehiculos/importacion_temporal/Paginas/default.aspx

Si quieres traer tu vehículo de manera definitiva, infórmate sobre el proceso, es importante que sepas que sólo un Agente Aduanal lo puede realizar. El Agente es una persona externa al gobierno por lo que es muy importante que te cerciores que no sea un coyote. y para trazar mejor tu ruta consulta Mappir Aquí

INTEROPERABILIDAD EN AUTOPISTAS MULTITAG paga con MultiTag las casetas.
La tarjeta MultiTag beneficia la interoperabilidad de autopistas? Tiene como fin poder transitar con una sola tarjeta de telepeaje por la mayoría de autopistas y puentes operados por CAPUFE y prestadores de servicios de autopistas como Pinfra, OHL e I+D.
Todo esto con el fin de ahorrar tiempo en los cruces, agilizar la operación de las casetas de peaje, además de poder hacer el pago de las cuotas con una sola tarjeta.
Practicidad, control de gastos ahorro de tiempo y acreditación fiscal
Poco a poco las casetas de cuota en las carreteras de México están siendo señalizadas como Multitag, lo cuál significa que en esa caseta se puede pagar con cualquiera de las opciones de prepago o pospago de telepeaje existentes.

TURISMO NAUTICO Y DEPORTIVO
De acuerdo con el Reglamento de Turismo Náutico, el turismo náutico consiste en la navegación por vía marítima fluvial o lacustre, en una ruta determinada,
con fines recreativos o deportivos y que se realiza con embarcaciones menores de recreo y deportivas, sea para uso particular
o con fines comerciales para brindar servicios a terceros.

REQUISITOS PARA LA NAVEGACION:
Estas embarcaciones deben contar con su matrícula y con el Certificado de seguridad los cuales deberán indicar y coincidir con el tipo de embarcación.

DATOS DE IDENTIFICACION DEL VEHICULO DE NAVEGACION
Deben tener un manual del propietario, que contenga como mínimo la siguiente información:

1 Datos del constructor o fabricante;
2 Carga máxima recomendada de acuerdo con las características de estabilidad y francobordo;
3 Número de personas que puede transportar;
4 Características de manejo de la embarcación;
5 Potencia nominal máxima de los motores;
6 Medidas preventivas ante riesgos de incendio o entrada masiva de agua y peso de la embarcación.

EMBARCACIONES PARA USO RECREATIVO SIN REQUERIR CERTIFICADO DE MATRICULA
1 Las de hasta 5 metros de eslora destinadas a uso particular, que utilizan remos para su navegación,
-  tales como canoas, kayaks, botes rígidos y semirrígidos; los botes y balsas inflables, y las
   impulsadas a vela y sin motor;    
2 Las que se destinen exclusivamente a competencias deportivas;
3 Las que se construyan con carácter experimental, salvo que se comercialicen, y
- las que operen con un motor que tenga hasta un máximo de potencia de 10 H. P. (caballos de
  fuerza), excepto las motos acuáticas
.
PERMANENCIA EN EL PUERTO
Para su navegación y permanencia en el puerto, los propietarios de dichas embarcaciones deben presentar previamente
a la Capitanía de Puerto, un aviso en los términos del formato definido por la SCT.

No se consideran embarcaciones menores de recreo y deportivas:

Las tablas de ski, surf o windsurf, deslizadores y similares en dimensión y uso;
Objetos inflables o flotantes, como los denominados bananas , torpedos , cámaras , o similares en dimensión y uso, y
Bicicletas y triciclos acuáticos, y otros similares impulsados directamente por esfuerzo físico a través de pedales.
El uso de los anteriores aparatos, queda limitado a que no se alejen con ellos sus usuarios en las aguas interiores
o en las playas a una distancia mayor a cien metros de la orilla, y que las condiciones climáticas hayan sido determinadas
como aceptables por la Capitanía de Puerto de la jurisdicción.


OBLIGACIONES DE MEDIDAS PREVENTIVAS:
Todas las embarcaciones están obligadas a tomar medidas preventivas a fin de evitar que, intencional o accidentalmente desde sus embarcaciones,
se tiren en las vías navegables basura, aceites, combustibles, aguas de sentinas, aguas sucias o cualquier otro agente contaminante,
por lo que serán solidariamente responsables con quien infrinja lo anterior, de conformidad con las disposiciones aplicables.

En los puertos nacionales la velocidad de las embarcaciones a que se refiere al Reglamento de Turismo Náutico, será de hasta 25 nudos y,
en su aproximación al lugar donde deban atracar o fondear, tendrán que reducirla a 4 nudos; sin perjuicio de observar las normas
que para tal efecto se establezcan en Parques Marinos Nacionales y áreas naturales protegidas.

Cada Capitanía de Puerto podrá establecer valores diferentes a los señalados en el párrafo anterior por razones de seguridad en la navegación.

Para arribar o permanecer en un puerto, los propietarios de embarcaciones menores de recreo y deportivas deben contar con lugar de fondeo o
atraque para la embarcación, sea en instalaciones particulares o en el lugar previamente autorizado por la Capitanía de Puerto
o por la Marina Turística que lo reciba.

Las embarcaciones que lleguen remolcadas vía terrestre y pretendan ser botadas al agua para su navegación en una vía navegable deberán
contar con la previa aprobación de arribo de la Capitanía de Puerto a cuya jurisdicción corresponda dicha vía, y señalar el lugar
y periodo durante el cual permanecerán.

Las embarcaciones de recreo y deportivas de uso particular extranjeras registrarán su arribo únicamente ante la capitanía del primer puerto
que toquen en territorio mexicano.
Estas embarcaciones, mexicanas o extranjeras, sólo requerirán despacho cuando pretendan realizar navegación de altura, sin embargo, deberán registrar
cada entrada y salida en alguna marina autorizada.
Toda marina turística, deportiva o de recreo deberá llevar una bitácora de arribo y despacho de las embarcaciones que pertenezcan a la misma,
así como de las que arriben de visita.

INFORMACION PARA EXTRANJEROS:
También los extranjeros que deseen ingresar a Territorio Nacional vía marítima, con fines recreativos, deportivos, de descanso o para la práctica de alguna actividad acuático recreativa y que se encuentre a bordo de una embarcación destinada exclusivamente al placer personal de sus propietarios,
sin perseguir fines de lucro lo pueden hacer.
Deberan consultar  la página correspondiente para conocer los requisitos y procedimiento que allí se dispone.



Capufe Traz tu ruta SCT app